Law Offices of Gita B. Kapur and Associates
Estado SIJS

Nuestros abogados de inmigración ayudan a menores elegibles a solicitar el estatus SIJS

El Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (“SIJS”) permite que ciertos niños y jóvenes obtengan el estatus de residencia permanente legal cuando no pueden vivir con uno o ambos padres debido a abuso, negligencia o abandono y no les conviene regresar a su país de origen. En California, los niños involucrados en procedimientos de dependencia, procedimientos de delincuencia, procedimientos de custodia de padres solteros y procedimientos de tutela pueden ser elegibles para SIJS.

Nuestros abogados en las Oficinas Legales de Gita B. Kapur & Associates pueden ayudar a los niños a solicitar este estado, que en última instancia les proporciona un camino hacia una nueva vida en los Estados Unidos libre de abuso, abandono y negligencia. Nuestro bufete tiene un historial de resolución de casos de inmigración desafiantes. Nuestros éxitos han incluido peticiones aprobadas para el estado de SIJS, asilo y otras categorías de estados legales para niños y adultos jóvenes de varios países. Obtener SIJS es un proceso complejo de dos partes que requiere el conocimiento de la ley estatal de California y la ley federal de inmigración.

¿Califico para SIJS?

Es mejor programar una consulta con un abogado/a para determinar tu elegibilidad. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) detalla los requisitos que permiten que un/a joven solicite el Estatus de Inmigrante Juvenil Especial (SIJS), que incluye lo siguiente:

  • Debe ser menor de 21 años o menor de 18 años en algunos casos.
  • Debe estar viviendo en los Estados Unidos.
  • Debe estar soltero/a.
  • Debe tener una orden juvenil (obtenida cuando buscó alivio de abuso, negligencia o abandono o de manera similar, no solo con fines de inmigración) de un tribunal de los EE. UU. Que determina que es un/a dependiente del tribunal o está bajo la custodia de una agencia estatal o un individuo designado por el tribunal.
  • No puede reunificarse con uno o ambos de sus padres debido a abuso, negligencia y/o abandono.
  • No le conviene regresar al país de origen o residencia anterior suya o de sus padres.

Muchos escenarios coinciden con estos criterios. Por ejemplo, es posible que hayas venido a este país sin tus padres. Deberías buscar y obtener una orden del tribunal testamentario que designe a un tutor legal y determine que has sido abusado/a, abandonado/a o descuidado/a por uno o ambos de tus padres. Si solo tienes un padre que te atiende y el otro padre no está involucrado en absoluto y ese padre te ha maltratado, abandonado o descuidado, se puede obtener una orden juvenil a través de un caso de custodia de un solo padre con las respectivas recomendaciones. Si adquieres con éxito el estado de SIJS, puedes ser elegible para el estado de residente permanente legal (LPR o tarjeta verde).

¿Es el Estatus SIJS es lo mismo que el asilo para un Menor no Acompañado?

Un niño/a que califica para el estado SIJS comparte algunas similitudes con menores no acompañados (menores de 18 años) que “no tienen padres o tutores legales en los Estados Unidos disponibles para brindarles atención y custodia física”. (Fuente: USCIS). Sin embargo, el camino hacia el estatus de SIJS incluye pasos específicos que podrían no aplicar a muchos jóvenes solicitantes de asilo, en particular la orden judicial requerida obtenida para el alivio del abuso, abandono y / o negligencia de uno o ambos de sus padres. Es importante preguntar a un abogado/a de inmigración sobre las vías de alivio que podrían estar disponibles en tu situación específica.

Preguntas frecuentes sobre el estatus SIJS

 Aquí las respuestas a algunas de las preguntas más comunes sobre el estatus SIJS.

¿Cuánto tiempo se tarda en obtener el estatus especial de inmigrante menor de edad?

El tiempo de procesamiento para el SIJS puede variar dependiendo de la carga de trabajo del tribunal estatal y del USCIS. Puede tardar desde seis meses hasta un par de años en completarse todo el proceso.

¿Cuál es la diferencia entre DACA y SIJS?

DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia) es un programa que protege temporalmente contra la deportación y permisos de trabajo a ciertos jóvenes indocumentados que llegaron de niños a USA. SIJS es una categoría migratoria que posibilita que menores que han sufrido abuso, abandono o negligencia puedan obtener la residencia permanente.

¿Se puede deportar a un beneficiario del SIJS?

Sí, es posible deportar a un beneficiario del SIJS, aunque es poco común. Un beneficiario del SIJS puede ser deportado si comete ciertos delitos o si se determina que ha cometido fraude en su solicitud de SIJS.

¿No estás seguro si calificas para el estatus SIJS? Contáctanos y déjenos ayudarle

Si eres un/a niño/a con sólo un padre o ningún padre que te atienda o un adulto o una agencia que cuida a un niño/a, permítenos explicar cómo podemos ayudarte (o al menor al que está aconsejando) a conseguir Estatus de SIJS. Podemos presentar la documentación necesaria para obtener la orden de SIJS predicada del tribunal estatal o de menores. Luego, podemos presentar la solicitud y solicitud adecuadas ante el USCIS. Para comunicarse con nuestras oficinas legales de inmigración en Los Ángeles, llama al 213-784-6598 o envía una consulta por correo electrónico a través de este sitio web.